1-
CONCEPTO:
La simulación es toda operación en
virtud de la cual se crea una situación jurídica aparente que difiere de la
situación jurídica verdadera, producto de la ocurrencia de determinadas
circunstancias adversas a los intereses patrimoniales de las partes contratantes.
2-
HECHOS:
La empresa TODO CARNE S.R.L. por
medio de su representante promueve demanda ordinaria de nulidad por simulación
en fraude a los acreedores contra Alfredo González Rojas y Roberto Irala
Ibarrola.
3-
DERECHO:
Código Civil
Paraguayo, artículos 305, 306, 307, 308, 309, 310 y 663.-
4-
DOCTRINA:
Según Juan Carlos Mendonca
(Manual de derecho procesal civil; Luis Irún Brusquetti, Pág. 222) las
nulidades tienen.
Es nulo el acto jurídico que…Los actos nulos no
producen efectos; ...El Art. 364 dispone que, La nulidad puede ser peticionada
por los actos anulables, El Art. 658 del CCP dispone que la acción de
impugnación de los actos nulos no prescribe por lo tanto no es posible subsanar
por meros actos posteriores.
5-
TIPO
DE JUICIO: Ordinario
de acción de personal
6-
DESARROLLO
DEL CASO :
La empresa TODO CARNE
S.R.L. por medio de su representante promueve demanda ordinaria de nulidad por
simulación en fraude a los acreedores contra Alfredo González Rojas y Roberto
Irala Ibarrola
El Sr. Alfredo González
se presentó por medio de su abogado a contestar la demanda y también el Sr.
Roberto Irala por medio de su abogado contesto la demanda. Solicitado el cierre
del periodo probatorio, se ordenó el cierre del periodo probatorio y se procedió
a la apertura para presentar alegatos, la parte actora presento alegatos y no así
las partes demandadas por lo cual resolvió acusar en rebeldía y en consecuencia
dio por decaído el derecho que tenían para hacerlo y llamo autos para
sentencia.
7-
PRUBAS:
Actora:
·
5 cheques librados
por el Sr. ALFREDO GONZALEZ ROJAS
·
Escritura Pública
N°. 82
·
PRUEBA PERICIAL
realizado por el Lic. ANGEL MARIA VARGAS ARNOLD.
Demanda:
·
Escritura Pública
N°. 82
8-
RESOLUCION:
Hacer
lugar, a la demanda promovida por la empresa Todo
Carne S.R.L. sobre nulidad de acto jurídico por simulación, y anular la
escritura pública N° 82.
9-
JURISPRUDENCIA:
Para
declarar la nulidad de un instrumento público por vicios de la voluntad se
requiere de pruebas serias, contundentes, reveladoras de indicios graves que
lleven al ánimo del Juzgador la certeza de que el acto jurídico no h sido
serio, ha tenido por objeto torcer la ley o ha sido realizado sin
discernimiento, intención o voluntad.
·
Tribunal:
Corte Suprema de Justicia.
·
Fecha: 1995/05/11
·
Partes: Ortiz Troche, Ángel y
otros c/ Rodríguez Patricia Griselda Ortiz de y la Sucesión de Meraldo Ortiz s/
Colación. (Ac. y Sent. Nº88).
La pagina 2 de la sentencia no se puede descargar
ResponderEliminarLas paginas 2,4,6 y 8 no se pueden descargar
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