El brillante filósofo y jurista Karl Loewenstein nació en Múnich, Estado de Baviera (Alemania), el 9 de noviembre de 1891. Aunque en un primer momento fue orientado por sus padres para realizar estudios de negocios, pronto descubrió su verdadera vocación, y decidió seguir la carrera de Derecho, a los diecinueve años. Realizó sus primeros estudios jurídicos durante los años 1910 a 1914 en universidades de París, Heidelberg, Berlín y la propia Múnich, donde tuvo como maestros a intelectuales de la talla de Max Weber, Lujo Brentano, Karl Rottenbücher y Karl Neumayer.
Loewenstein, considerado el primer gran constitucionalista moderno, perteneció a esa pléyade de personalidades del mundo jurídico que debieron emigrar a los Estados Unidos en los años treinta debido al ascenso del nazismo y la imposibilidad de investigar con la libertad que requiere la rigurosidad académica.
Obtuvo el doctorado en Derecho Civil y Eclesiástico por la Universidad de Múnich en 1919. Durante la Primera Guerra Mundial, el joven Loewenstein tuvo que hacer el servicio militar para la infantería alemana. Fue su primer gran contacto con las estructuras del poder estatal. Posteriormente, a la par que realizaba sus primeras publicaciones, dedicó varios años de su vida al ejercicio de la abogacía.
Por estos años, escribió Manifestaciones de la enmienda constitucional durante su desempeño como maestro en su alma máter (Múnich) en las cátedras de Derecho Constitucional, Derecho Internacional y Ciencia Política.
Siendo un jurista atípico, el caso de Loewenstein es bastante significativo, puesto que no solamente era profesor de Ciencia Política, sino que, como se mencionó, trabajó como abogado desde 1919 hasta 1933, cuando se vio obligado a emigrar debido a la política racial del Partido Nacionalsocialista Obrero Alemán, que prohibía a los docentes de origen judío enseñar en las universidades. Ayudado por el Comité de Emergencia para Académicos Extranjeros Desplazados, logró obtener una plaza como profesor asociado en la Universidad de Yale, y más tarde como profesor de Jurisprudencia y Ciencia Política en el College de Amherst de la Universidad de Massachusetts, que con los aportes de académicos de su nivel pudo constituirse como una escuela universitaria de renombre. Ejerció la docencia en Amherst hasta 1944.
Loewenstein, en los años de su asilo en tierras americanas, logró desempeñar cargos como el de Consejero Especial del Procurador General de los Estados Unidos (1942-1946) o inclusive, durante su periplo en Sudamérica, llegó a ser Director General de Investigación Legal del Comité de Emergencia para la Defensa Política en Montevideo, Uruguay (1944-1945). Sus estudios sobre el Brasil y sobre el presidencialismo en los países de Centro y Sudamérica, reflejan una vocación teórica que acompañaba con una intensa praxis. En esta doble faceta de profesor y burócrata visitó diversos países hispanoamericanos y la Universidad de Kyoto. Posterior a la caída de Adolf Hitler, retornó a Alemania como asesor de las potencias aliadas.
Es por ello que el pensamiento de Loewenstein fue bastante difundido en nuestra región por aquellas épocas, e inclusive escribió una serie de artículos en nuestra lengua para la Revista de Estudios Políticos de Madrid, entre los que destacan: La Constitución de la Quinta República Francesa, Soberanía y Cooperación Internacional, Las relaciones entre Gobierno y Parlamento, La institucionalización de los Partidos Políticos, En torno a la situación de Berlín, La Investidura del Primer Ministro Británico, y La función política del Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Su estancia en América le permitió escribir sobre modelos políticos comparados
Fue en este periodo que Loewenstein se dedicó a profundizar su análisis sobre los modelos políticos que imperaron a lo largo de la historia, así como también los que, en ese entonces, empezaban a surgir, como el fascismo dictatorial o el socialismo soviético. Además reflexiona arduamente acerca de los hechos que devinieron en la caída de la liberal República de Weimar y el ascenso del tan mentado nazismo en tierras germanas.
Su investigación se concentró en hallar las más notables diferencias entre las formas autocráticas y constitucionales de gobierno. De este modo concluye expresamente que, en el fascismo, el poder y el derecho no se encuentran en conflicto, ya que se subsumen a la figura del jefe absoluto del gobierno.
Escribió la obra más brillante de Derecho Constitucional del siglo XX: La Teoría de la Constitución
Producto de sus brillantes reflexiones, Loewenstein escribiría el que sería uno de los libros fundamentales en material constitucional: Teoría de la Constitución. Publicado primero en lengua inglesa y posteriormente en su alemán natal, el eje de esta obra, como señala el título; es el de una extensa revisión de las constituciones como instrumentos jurídicos para controlar el poder político. Desde las primeras manifestaciones constitucionales expresas en Norteamérica hasta su aceptación en Europa, las tesis jurídicas de Loewenstein se caracterizan por su universalidad. El necesario control del poder es la premisa que se encarga de estudiar mediante el análisis del valor de las constituciones y como hacen frente a la carga ideológica que manifiestan los estamentos políticos.
Para Loewenstein, la Constitución tiene como deber principal, el limitar el poder político mediante sus dispositivos. De ese modo, la diferencia entre un Estado democrático y otro autoritario, era básicamente la existencia de instituciones que, sin socavar el legítimo deber de gobernar, distribuían el poder equitativamente para un mayor control estatal. Es por ello que en su obra señala: “la historia del constitucionalismo no es sino la búsqueda por el hombre político de las limitaciones al poder absoluto ejercido por los detentadores del poder, así como el esfuerzo de establecer una justificación espiritual, moral o ética de la autoridad, en lugar del sometimiento ciego a la facilidad de la autoridad existente”.
Propuso la clasificación ontológica de la constitución
Siendo bastante meticuloso en cada uno de sus análisis sobre el mundo contemporáneo, el jurista Loewenstein no tenía buenas expectativas sobre el futuro de la vida moderna. Al notar la excesiva violencia que campeaba por motivos políticos, raciales o religiosos; concluía que una norma no era ninguna garantía, finalmente, para lograr limitar el poder. Por ello clasificó las constituciones en tres: las normativas, con eficacia comprobada en la realidad; las nominales, que por falta de condiciones mínimas no se aplica realmente, pero que posee un valor educativo; y las semánticas, que resultaban completamente inútiles pues no se cumplían ninguno de sus preceptos. Sería un disfraz jurídico.
Para Loewenstein, la Constitución, por sí misma, no puede asegurar el abastecimiento pleno de las necesidades básicas de la población. Pero sí puede controlar eficazmente la arbitrariedad y alejarnos del irracional despotismo. Puede ser una gran herramienta para consolidar las instituciones estatales y para la distribución efectiva del poder. Y sobre todas las cosas resulta un emplazamiento positivo al Estado, en aras del respecto irrestricto de los derechos fundamentales de la humanidad y el acceso de cada uno de nosotros al ejercicio de estos.
5. Impartió cátedra en diversas universidades del mundo
Además de la citada obra y numerosos estudios sobre el derecho público y la ciencia política; Loewenstein escribió, por lo menos, dos libros fundamentales más: Derecho Constitucional y práctica constitucional en los Estados Unidos (1959) y Derecho político y práctica política en Gran Bretaña (dos volúmenes, 1967); ya cuando había regresado a su tierra originaria, Múnich, para compartir sus últimos años con los entusiastas estudiantes que escuchaban su cátedra. La profundidad de estas obras le han dado a este fallecido profesor alemán, un puesto de honor entre los grandes maestros del Derecho Constitucional.
Siendo un jurista atípico, el caso de Loewenstein es bastante significativo, puesto que no solamente era profesor de Ciencia Política, sino que, como se mencionó, trabajó como abogado desde 1919 hasta 1933, cuando se vio obligado a emigrar debido a la política racial del Partido Nacionalsocialista Obrero Alemán, que prohibía a los docentes de origen judío enseñar en las universidades. Ayudado por el Comité de Emergencia para Académicos Extranjeros Desplazados, logró obtener una plaza como profesor asociado en la Universidad de Yale, y más tarde como profesor de Jurisprudencia y Ciencia Política en el College de Amherst de la Universidad de Massachusetts, que con los aportes de académicos de su nivel pudo constituirse como una escuela universitaria de renombre. Ejerció la docencia en Amherst hasta 1944.
Loewenstein, en los años de su asilo en tierras americanas, logró desempeñar cargos como el de Consejero Especial del Procurador General de los Estados Unidos (1942-1946) o inclusive, durante su periplo en Sudamérica, llegó a ser Director General de Investigación Legal del Comité de Emergencia para la Defensa Política en Montevideo, Uruguay (1944-1945). Sus estudios sobre el Brasil y sobre el presidencialismo en los países de Centro y Sudamérica, reflejan una vocación teórica que acompañaba con una intensa praxis. En esta doble faceta de profesor y burócrata visitó diversos países hispanoamericanos y la Universidad de Kyoto. Posterior a la caída de Adolf Hitler, retornó a Alemania como asesor de las potencias aliadas.
Es por ello que el pensamiento de Loewenstein fue bastante difundido en nuestra región por aquellas épocas, e inclusive escribió una serie de artículos en nuestra lengua para la Revista de Estudios Políticos de Madrid, entre los que destacan: La Constitución de la Quinta República Francesa, Soberanía y Cooperación Internacional, Las relaciones entre Gobierno y Parlamento, La institucionalización de los Partidos Políticos, En torno a la situación de Berlín, La Investidura del Primer Ministro Británico, y La función política del Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Su estancia en América le permitió escribir sobre modelos políticos comparados
Fue en este periodo que Loewenstein se dedicó a profundizar su análisis sobre los modelos políticos que imperaron a lo largo de la historia, así como también los que, en ese entonces, empezaban a surgir, como el fascismo dictatorial o el socialismo soviético. Además reflexiona arduamente acerca de los hechos que devinieron en la caída de la liberal República de Weimar y el ascenso del tan mentado nazismo en tierras germanas.
Su investigación se concentró en hallar las más notables diferencias entre las formas autocráticas y constitucionales de gobierno. De este modo concluye expresamente que, en el fascismo, el poder y el derecho no se encuentran en conflicto, ya que se subsumen a la figura del jefe absoluto del gobierno.
Escribió la obra más brillante de Derecho Constitucional del siglo XX: La Teoría de la Constitución
Producto de sus brillantes reflexiones, Loewenstein escribiría el que sería uno de los libros fundamentales en material constitucional: Teoría de la Constitución. Publicado primero en lengua inglesa y posteriormente en su alemán natal, el eje de esta obra, como señala el título; es el de una extensa revisión de las constituciones como instrumentos jurídicos para controlar el poder político. Desde las primeras manifestaciones constitucionales expresas en Norteamérica hasta su aceptación en Europa, las tesis jurídicas de Loewenstein se caracterizan por su universalidad. El necesario control del poder es la premisa que se encarga de estudiar mediante el análisis del valor de las constituciones y como hacen frente a la carga ideológica que manifiestan los estamentos políticos.
Para Loewenstein, la Constitución tiene como deber principal, el limitar el poder político mediante sus dispositivos. De ese modo, la diferencia entre un Estado democrático y otro autoritario, era básicamente la existencia de instituciones que, sin socavar el legítimo deber de gobernar, distribuían el poder equitativamente para un mayor control estatal. Es por ello que en su obra señala: “la historia del constitucionalismo no es sino la búsqueda por el hombre político de las limitaciones al poder absoluto ejercido por los detentadores del poder, así como el esfuerzo de establecer una justificación espiritual, moral o ética de la autoridad, en lugar del sometimiento ciego a la facilidad de la autoridad existente”.
Propuso la clasificación ontológica de la constitución
Siendo bastante meticuloso en cada uno de sus análisis sobre el mundo contemporáneo, el jurista Loewenstein no tenía buenas expectativas sobre el futuro de la vida moderna. Al notar la excesiva violencia que campeaba por motivos políticos, raciales o religiosos; concluía que una norma no era ninguna garantía, finalmente, para lograr limitar el poder. Por ello clasificó las constituciones en tres: las normativas, con eficacia comprobada en la realidad; las nominales, que por falta de condiciones mínimas no se aplica realmente, pero que posee un valor educativo; y las semánticas, que resultaban completamente inútiles pues no se cumplían ninguno de sus preceptos. Sería un disfraz jurídico.
Para Loewenstein, la Constitución, por sí misma, no puede asegurar el abastecimiento pleno de las necesidades básicas de la población. Pero sí puede controlar eficazmente la arbitrariedad y alejarnos del irracional despotismo. Puede ser una gran herramienta para consolidar las instituciones estatales y para la distribución efectiva del poder. Y sobre todas las cosas resulta un emplazamiento positivo al Estado, en aras del respecto irrestricto de los derechos fundamentales de la humanidad y el acceso de cada uno de nosotros al ejercicio de estos.
5. Impartió cátedra en diversas universidades del mundo
Además de la citada obra y numerosos estudios sobre el derecho público y la ciencia política; Loewenstein escribió, por lo menos, dos libros fundamentales más: Derecho Constitucional y práctica constitucional en los Estados Unidos (1959) y Derecho político y práctica política en Gran Bretaña (dos volúmenes, 1967); ya cuando había regresado a su tierra originaria, Múnich, para compartir sus últimos años con los entusiastas estudiantes que escuchaban su cátedra. La profundidad de estas obras le han dado a este fallecido profesor alemán, un puesto de honor entre los grandes maestros del Derecho Constitucional.
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