1-
CONCEPTO:
La patria potestad se pierde por
delito cometido por el padre o madre contra su hijo menor, para aquel que lo
cometa; por la exposición o el abandono que el padre o la madre hiciere de sus
hijos, para el que los haya abandonado; por dar el padre o la madre a los hijos
consejos inmorales o colocarlos dolosamente en peligro material o moral, para
el que lo hiciere. En cualquiera de estos supuestos los menores quedan bajo el
patronato del Estado.
2-
HECHOS:
La menor Tatiana
ha sido abusada sexualmente por su padre a la edad de 3 años, quien ha sido
finalmente condenado por la comisión del hecho punible de abuso sexual en niños
por S.D.N° 43 de fecha 31 de diciembre del 2009.
3-
DERECHO:
-
LEY N° 1680/2001 “Código de
la Niñez y Adolescencia”, Art. 70, 71, 73, al 81 y el Libro IV de la
Jurisdicción Especializada – Titulo II, del procedimiento en la Jurisdicción
Especializada – Capítulo I, del Procedimiento General en la Jurisdicción de la
Niñez y de la Adolescencia – Art. 168 al 182
-
Constitución Nacional del
Paraguay” Art. 49 de la Protección de la Familia, Art. 53 De los Hijos, Art.
54. De la protección al Niño.
4-
DOCTRINA:
El ejercicio
de la patria potestad se suspende por ausencia de los padres cuando se ignora
su paradero, por incapacidad mental
declarada en juicio, mientras dure su ausencia o la incapacidad, o por
hallarse estos cumplimientos pena penitenciaria. El Juez de Menores podrá también
suspender la patria potestad si los padres trataren a sus hijos con excesivos rigor, por ebriedad
consuetudinaria o drogadicción, mala
conducta o negligencia grave que pueda ser perjudicial para la salud, seguridad
o moral de sus hijos. Convención Internacional de los derechos del niño (1989).
5-
TIPO
DE JUICIO: Es un
Juicio Especial.
6-
DESARROLLO
DEL CASO :
La Sra. Patricia Elizabeth Ayala
Cabrera promueve este juicio de perdida de la paternidad contra el Sr. Rodrigo
María Vázquez por los hechos mencionados más arriba, el demandado contaba con
suspensión de la patria potestad, el demandado alego que había aceptado la
suspensión de la patria potestad debido a que se encontraba en una situación en
el cual le obligaba aceptar de lo que le acusaban sin embargo ya no demostró su
inocencia por lo que nuevamente fue desfavorecido.
7-
PRUBAS:
La Actora presenta las siguientes instrumentales, certificado de nacimiento
de la menor y copia autenticada de la S.D. N° 43 de Fecha 31 de Diciembre del
2009 dictado por el Juzgado Penal de Garantía N° 6 de la Ciudad de Asunción.
También presenta pericia psicológica de la menor.
8-
RESOLUCION:
HACER
LUGAR, a la presente demanda que por pérdida de
la patria potestad de la niña Tatiana Vázquez Ayala promoviera Patricia
Elizabeth Ayala contra el Progenitor Rodrigo María Vázquez, conforme al exordio
que antecede.-
9-
JURISPRUDENCIA:
A los efectos de garantizar el derecho del
niño de mantenerse vinculado con los demás miembros de su familia con los que
no convive, cuando las circunstancias lo justifiquen será aplicable la
regulación judicial. El régimen de relacionamiento establecido por el Juzgado
puede extenderse, así como a terceros no parientes, cuando el interés del niño
y sus necesidades asi lo aconsejen…” ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN EL
JUICIO: “A. M. P. S/ PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD”. AÑO: 2003 – Nº 4202.
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